1. ¿Sólo se puede utilizar una única Serie por cada comprobante de pago y notas de crédito y débito?
No. El contribuyente puede usar las series que estime conveniente. Solo se debe respetar la estructura de la serie para cada tipo de documento: serie alfanumérica de 4 posiciones. 2.
2. ¿Cuál es la característica de la numeración de los comprobantes de pago electrónicos?
La numeración de los comprobantes de pago y notas de crédito y débito electrónicas, se distinguen de la numeración aquellos emitidos en formato impreso por imprenta autorizada, por la estructura de la numeración: La estructura de la numeración del comprobante está conformada por una serie alfanumérica de 4 posiciones seguido del número correlativo de hasta ocho posiciones, empezando por el número 1 :
F077 – 1 : Correlativo de hasta 8 posiciones y debe iniciar en 1
Serie alfanumérica de 4 posiciones, la cual inicia con la letra:
F: En caso de las facturas electrónicas y las notas de crédito y débito electrónicas vinculadas. Ejemplo: FA01
B: En caso de las boletas de venta electrónicas y las notas de crédito y débito electrónicas vinculadas
3. ¿Es necesario solicitar autorización para los rangos de numeración de factura electrónica?
No, en el caso de los documentos electrónicos, ya no es necesario solicitar autorización de rangos de numeración. El emisor electrónico, gestiona su propia numeración. Tampoco tiene que comunicar altas y bajas de series.
4. ¿Cuándo una factura electrónica es rechazada por SUNAT, puedo volver a usar la misma numeración?
No. Cuando una factura es rechazada, el número queda inutilizado. Debe usarse otra numeración. Tenga en cuenta que una factura rechazada, NO ES FACTURA, por lo que si le entregó a su cliente, debe entregarle una nueva.
5. ¿Las facturas o notas de crédito o débito rechazadas, deben ser anotadas en el registro de ventas?
Sí. Dicha numeración debe ser anotada en el Registro de Venta como si se tratara de un comprobante anulado, es decir, con todos los valores en cero.
6. ¿Cómo se entregan las facturas electrónicas y notas de crédito y débito electrónicas asociadas?
La entrega de las facturas electrónicas así como sus notas de crédito o débito electrónicas se entregan por medios electrónicos.
7 . ¿Cuál es el plazo para emitir las notas de crédito electrónicas?
Para la emisión de las notas de crédito electrónicas no hay un plazo establecido, se pueden emitir en el momento en el que se requieran. Únicamente en caso la emisión de las notas de crédito se realice por error en el RUC o por error en la descripción – nuevos motivos que en el mundo físico no existen – hay un plazo: décimo quinto (15) día hábil del mes siguiente de emitida la factura electrónica o boleta de venta electrónica objeto de anulación o corrección.
8. ¿Cómo saber si la factura electrónica o las notas de crédito y de débito electrónica que me han entregado ya fue validada por SUNAT?
Cuenta con las siguientes opciones de consulta: – Consultas sin clave SOL: Donde puede verificar la validez del comprobante de pago que le han entregado, ingresando el archivo digital o ingresando algunos datos del comprobante Para ello ingrese al portal de la SUNAT a la opción: Opciones sin clave SOL/Sistema de emisión electrónica y elija la opción: verificación de autenticidad del archivo digital (para validar el archivo), o consulta de la validez del CPE – Consultas con clave SOL: puede visualizar los datos tributarios de la factura o nota de crédito o débito electrónicas que haya recibido. Para ello ingrese a la opción Consultas Facturas y Notas, dentro de la opción Factura Grandes Emisores.
¿Qué es el Facturador? 01.- Concepto
Es una aplicación gratuita de facturación electrónica, dirigida principalmente a medianos y pequeños contribuyentes que cuentan con sistemas computarizados y tienen un alto volumen de facturación.
Desde esta aplicación se puede emitir facturas, boletas de venta y sus notas vinculadas (notas de crédito y notas de débito); las cuales se enviarán a SUNAT en forma automática o a indicación del usuario.
De utilizar este sistema de emisión electrónica, la SUNAT almacena, archiva y conserva el comprobante electrónico y sus notas electrónicas vinculadas.
02.- ¿Cuáles son las Características del Facturador?
No requiere de conexión a Internet para la emisión del comprobante electrónico; pero si para el envío de los comprobantes electrónicos a la SUNAT.
Convierte la información del contribuyente al formato XML de manera automática.
Realiza las validaciones establecidas por SUNAT y firma digitalmente el comprobante.
En caso se requiera entregar una representación impresa, permite generar un archivo PDF del comprobante.
03.-¿Cuáles son los Requisitos para ser emisor electrónico?
A través SUNAT Operaciones en Línea, en la opción correspondiente realizar lo siguiente:
Indicar que desea adquirir la calidad de emisor electrónico
El sistema validará que su RUC no se encuentre en estado de baja y que se encuentre afecto al impuesto de la renta de tercera categoría.
Registrar su certificado digital.
Se da por cumplida esta condición si registró, con anterioridad y según la normativa de otro sistema de emisión electrónica comprendido en el SEE, por lo menos, un certificado digital que se encuentre vigente.
Registrar un correo electrónico que usará para recibir, en su calidad de adquirente o usuario, aquello que se le otorgue a través de ese medio y para que el adquirente o usuario le comunique el rechazo de una factura electrónica que se le otorgó.
Descargar la aplicación SFS desde el Micrositio de CPE e instalar, considerando las especificaciones técnicas. Fuente: SUNAT
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