Afiliados que se encuentren en el extranjero también podrán solicitar su AFP
- Roger Hernandez Romero
- 12 may 2020
- 1 min de lectura
La reciente Resolución aprobada por la SBS establece que las AFP deben establecer los protocolos de contacto ante la imposibilidad física del afiliado. Articulo 4º Resolución SBS Nº1352-2020-SBS:
Afiliados que se encuentren en el extranjero o con imposibilidad física
Las AFP son responsables de establecer los protocolos de verificación y contacto que les permitan identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a efectos de que ingrese la solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin, con miras a realizar el pago del retiro extraordinario facultativo.Dichos protocolos deben ser difundidos por la AFP, de modo previo a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes, en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesario.
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