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Foto del escritorRoger Hernandez Romero

¿Cómo cambiar de Banco para del deposito de CTS? Conozca los pasos a seguir

La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio social que permite a un trabajador cubrir sus gastos frente a una posible pérdida de empleo. Todos aquellos que en el ámbito laboral que cumplan una jornada diaria mínima de cuatro horas y con un mes mínimo de servicio, pueden acceder a una CTS.

Los casos en los que un trabajador podría retirar hasta el 100% del saldo excedente de cuatro remuneraciones. En caso el trabajador quede desempleado, podrá retirar la totalidad de la CTS. En la galería, te mostramos cuáles las Tasas de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) que ofrecen los bancos, financieras y cajas a nivel nacional. CÓMO CAMBIAR Usted puede disponer libremente y en cualquier momento trasladar el monto acumulado de su CTS e intereses de una a otra entidad, según lo prefiera, explica el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Para ello, es necesario: ► Notificar la decisión a su empleador mediante una carta de traslado. ►El empleador, en el plazo de ocho días hábiles, cursará al depositario las instrucciones correspondientes a la entidad financiera en la que el trabajador tenga actualmente su dinero. ►Esta última deberá efectuar el traslado directamente al nuevo depositario designado por el trabajador dentro de los quince días hábiles de haber sido notificado del cambio. La demora del depositario en cumplir con el plazo establecido es sancionada por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). En caso de traslado del depósito de uno a otro depositario, el primero deberá informar al segundo sobre: ►Los depósitos y retiros efectuados. ►Las retenciones judiciales por alimentos. ►Cualquier otra afectación que conforme a la ley pudiera existir. Según el MTPE, no existe ningún límite de cambios al año. Así, se pueden realizar las veces que el trabajador considere conveniente y en los plazos antes referidos. EL DATO ►La fecha máxima para realizar el depósito de la CTS para el período mayo-octubre 2017 vence este miércoles 15 de noviembre. Fuente: Diario El Comercio

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