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¿Cómo presentar la solicitud de devolución a SUNAT? Personas naturales

Si eres trabajador independiente o trabajador en planilla, tienes derecho a la devolución de un porcentaje de tus consumos en restaurantes, bares y hoteles, entre otros, siempre que cumplas con los requisitos para deducir dichos gastos.  Ahora bien si ya averiguaste que tienes un saldo a tu favor es hora de cobrarlo, no obstante este procedimiento es automático por la SUNAT ya que actualmente existe la devolución de oficio, es decir la SUNAT determina tu saldo a favor y registra una devolución automática a tu cuenta, pero para esto debes haber registrado tu Código de Cuenta Interbancario si no lo haces la SUNAT te genera una Orden de pago del Sistema Financiero para que cobres en ventanilla del Banco de la Nación. También existen casos en los cuales no se da ninguno de los casos anteriores y esto es debido a que te corresponde presentar tu declaración anual del Impuesto a la Renta como persona natural en donde debes establecer tu saldo a favor y elegir si solicitas la devolución en ese momento o posterior.  si ya presentaste tu declaración anual y no solicitaste tu devolución en ese momento debes seguir los siguientes pasos para poder registrar tu solicitud: 1.Ingresa a www.sunat.gob.pe 2. Busca la opción pagina "ver portal anterior" 3. Busca la pestaña que indica "tramites y consultas 4. Ingresa con tu clave sol y contraseña 5. En la barra buscadora por la palabra "Devolución"

6. En el menú hacia abajo busca "Solicitud de Devolución formulario 1649" 7. Registra tu solicitud eligiendo la opción "pago indebido o en exceso" 8. En código de tributo coloca 3071 "Regularización de Renta personas naturales" 9. En periodo tributario coloca 201913 según el año del que estés solicitando.  ¿Ya tengo mi devolución pero no la cobre? Si ya tienes una solicitud aprobada y no registraste tu código de Cuenta Interbancario lo que debes hacer ahora es revisar tu talón de cobro en el portal de SUNAT, con este documento debes ir al Banco de la Nación a cobrar tu devolución.  Para revisar tu talón de cobro ingresa nuevamente como lo indicamos arriba y esta vez en el menú busque "consulta de medios de pago para devolución"

¿Ya paso le fecha para cobrar mi devolución que hago? Debes solicitar nuevamente una orden de pago por devolución ingresa nuevamente con tu clave sol a la opción de "consulta de medios de pago por devolución"

A continuación te aparecerá la siguiente pantalla: (referencial)

Una vez verificado que tu OPF se encuentra caducada, deberás ingresar al enlace “Orden de pago del sistema Financiero” y observarás el Formulario N° 1649, cuya información deberás validar y enviar indicando como tipo de solicitud el código 16 “Cheque u OPF no recogido o no cobrado”.

Una vez enviado el Formulario Virtual 1649, luego de 3 días hábiles (aproximadamente) vuelve a ingresar como lo hicimos en el paso anterior y podrás obtener tu nueva orden de pago para cobrar. Recuerda que el plazo para cobrar la orden es de hasta  3 meses después de su emisión.

Recuerda para hacer el cobro de la OPF deberás acercarte a una agencia del Banco de la Nación con tu DNI original, el número de la OPF y clave (ubicada en el talón de cobro), en los tres meses siguientes a su emisión.Si tienes alguna duda al respecto contactame a mi Whatsap 51-979377827 para poder ayudarte.  Escrito por CPC. Roger Herandez Romero(09.05.2020) Fuente: Pagina de SUNAT el cual puede consultar en la siguiente direccion: http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/devoluciones-personas/devolucion-de-oficio/7300-0-5-solicitud-de-nueva-emision-de-opf

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