La demanda fue presentada por el Colegio de Abogados de Lima Sur contra los decretos legislativos 1313 y 1434. El Colegio de Abogados de Lima Sur presentó la tarde del 28 de enero una demanda de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC) por los decretos legislativos (DL) 1313 y 1434, que obligan a los bancos a entregar información a la Sunat sobre los saldos y/o montos de las cuentas de sus clientes con la finalidad de combatir la evasión y la elusión tributaria. Esta semana el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso elevar de S/10,000 a S/30,800 el monto mínimo que debían tener las cuentas para que su información sea reportada a la Sunat. La Constitución establece que el secreto bancario solo puede ser levantado por un juez. "El DL 1434 dice que el juez tiene que hacer lo que dice la Sunat, lo convierte en una mesa de partes de la Sunat, el juez pierde esta garantía elemental que justifica o hace legítima la intervención en el secreto bancario. Y esa es la razón de la inconstitucionalidad del decreto, porque elimina el contenido o la garantía del juez", sostiene Raffo Velásquez, experto en derecho constitucional y socio de Baxel Consultorios, boutique que asesoró legalmente al Colegio de Abogados de Lima Sur en la demanda. De otro lado, Velásquez sostiene que no es posible establecer que el secreto bancario protege las operaciones activas (transferencias), pero no pasivas (depósitos en cuenta y rendimientos de los mismos), como establece el DL1313. "Eso es inconstitucional porque el secreto bancario opera sobre operaciones activas y pasivas, porque sobre todas ellas los usuarios tienen una expectativa razonable de privacidad. No es que la Constitución haga distinción", añade Velásquez. SEMANAeconomica invitó recientemente a dos constitucionalistas para que expongan su punto de vista sobre una posible afectación del secreto bancario. En el Congreso ya han sido presentados proyectos de ley que buscan derogar ambos decretos legislativos por considerarlos inconstitucionales. En opinión del MEF, derogar los decretos, que fueron aprobados por el gobierno para cumplir compromisos con la OCDE, implicaría que el Perú quedaría calificado como país no cooperante, de modo que quedaría imposibilitada la deducibilidad de gastos de empresas al efectuar transacciones con otras provenientes de países que sí son cooperantes.. Fuente: Semana Económica(31.01.2021)
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