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Foto del escritorRoger Hernandez Romero

¿Cuál es la diferencia entre Asignación Familiar y Asignación por Escolaridad?


¿Qué es la asignación familiar? La asignación familiar es un monto que se le otorga a los trabajadores del Régimen Laboral del sector privado, salvo el Régimen Laboral Especial de la Micro y Pequeña Empresa, en el cual su otorgamiento no es obligatorio (1) Hay que tener en cuenta que la asignación familiar es un beneficio laboral obligatorio para las empresas del régimen laboral general privado. No obstante, a lo anterior la asignación por escolaridad es un beneficio laboral voluntario que algunas empresas otorgan a sus trabajadores, de forma opcional. ¿Cuánto es el monto de la asignación familiar? De acuerdo a Ley el monto de la asignación familiar es el 10% de la remuneración Mínima Vital, actualmente S/930.00, es decir la asignación familiar es por el importe de S/93.00. ¿Qué sucede si la empresa realiza el pago de la asignación por escolaridad y luego de un tiempo deja de pagar este concepto? En este supuesto si la empresa viene pagando la asignación por escolaridad y de un tiempo deja de pagarlo, no podría dejar de pagar este concepto debido que, si bien no estaba obligada a pagar asignación por escolaridad, al haber pagado de forma continua este concepto se habría convertido en una obligación por COSTUMBRE. Para mayor detalle sobre la costumbre sugerimos revisar a Ulloa Millares quien explica mas a fondo este tema como fuente del derecho.

  1. La costumbre como fuente del derecho laboral¿En qué consiste la asignación por escolaridad? Es un concepto que la empresa puede otorgar a sus trabajadores sin ser un pago obligatorio para el empleador, es decir será decisión de la empresa si otorga este concepto o no, en virtud del articulo 19º del DS 001-97-TR. ¿Cómo se paga la asignación por escolaridad en el Régimen de Construcción Civil? En este régimen la asignación por escolaridad se otorga por cada hijo mejor que tenga el trabajador. El monto que se otorga es de 30 jornales básicos anuales y se otorga para trabajadores con hijos menores de 18 años de edad o hasta 21 años de edad cuando cursan estudios superiores. ¿Cuánto es el monto que perciben como jornal los obreros de construcción Civil?

  2. Operario S/71.80

  3. Oficial S/56.55

  4. Peon S/50.80Por citar un ejemplo para el caso de un operario el monto de su asignación por escolaridad seria de la siguiente manera:

  5. Jornal diario S/71.80x30=S/2,154.00

  6. Mensual S/179.50Supongamos que el trabajador tuviera 2 hijos, entonces recibiría el importe de S/359.00 por concepto de asignación por escolaridad (179.50x2) (1) Torres Miguel Noticiero del Contador (2020) Base legal: -Decreto Supremo Nº 033-90-TR

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