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¿Cuántos trabajadores extranjeros puedo contratar en mi empresa?

En la coyuntura actual en nuestro país es recurrente la contratación de mas trabajadores extranjeros que nacionales, sobre todo trabajadores de nacionalidad venezolana como es sabido hay una gran cantidad de venezolanos en nuestro país. Sin embargo, en nuestro país existen límites a la contratación de trabajadores extranjeros, esta limitación se encuentra regulada por la Ley de Trabajadores Extranjeros, es decir: • El Decreto Legislativo 689• Y su Reglamento el D.S. 014-92-TR. ¿Cuál es el limite de trabajadores extranjeros en Planilla de la empresa? El Decreto Legislativo 689 establece un límite a la contratación de trabajadores extranjeros en base a un porcentaje del número de trabajadores y un porcentaje del monto de la remuneración de los trabajadores, así tenemos: • Limite porcentual por número de trabajadores El total de trabajador extranjero no puede exceder el 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros. • Limite porcentual en base a las remuneraciones de trabajadores En este caso el total de las remuneraciones abonadas no podrá exceder el 30% del total de la planilla de sueldos y salados. Veamos unos ejemplos: Caso 1: La empresa Romero Consult cuenta con 30 trabajadores en planilla, de los cuales 25 son trabajadores nacionales y 5 son extranjeros. La remuneración total de la planilla es de S/120,000.00 compuesta por sueldos de trabajadores nacionales la suma de S/100,000.00 y sueldos de trabajadores extranjeros la suma de S/20,000.00. ¿Cuál será el límite de contratación de trabajadores extranjeros en base a numero de trabajadores? Respuesta: El paso numero 1 es verificar el límite en base el porcentaje limitativo por el número de trabajadores permitidos a contratar, es decir el 20% como máximo del total de trabajadores de los cuales solo nos está permitido contratar trabajadores extranjeros en un 20% como máximo, veamos que menciona el D.L. 689. El literal a) del artículo 7 de Decreto Supremo Nº 014-92-TR menciona: Se tomará el total del personal de la planilla, computando conjuntamente a todos los trabajadores, sean nacionales o extranjeros, estables o contratados a plazo determinado, con vínculo laboral vigente. Este número total de servidores será considerado el 100%. Entonces en este caso el 100% equivale al total de trabajadores en planilla de la empresa en nuestro caso tenemos: • Total, de trabajadores nacionales más extranjeros= 30• Limite porcentual por número de trabajadores 20%=6

Como se puede apreciar en este caso no se supera el limite máximo permitido y por ende la empresa viene cumpliendo con la exigencia de la normativa laboral. ¿Y Como calcular el limite en base a las remuneraciones de Planilla? El paso numero 2 La norma menciona que el total de las remuneraciones abonadas a los trabajadores extranjeros no podrá exceder del 30% del total de la planilla de sueldo y salarios. Específicamente el literal a) del artículo 8 de Decreto Supremo N.º 014-92-TR menciona: Se tomará el total de la planilla de sueldos y salarios que corresponden a los trabajadores nacionales o extranjeros, estables o contratados a plazo determinado, pagados en el mes anterior al de la presentación de la solicitud ante la Autoridad Administrativa de Trabajo. El monto total resultante será considerado el 100%. Es decir, en este caso el 100% es equivalente al total de remuneraciones de la planilla, es decir, trabajadores nacionales y extranjeros. En nuestro caso planteado tenemos que la suma total de remuneraciones es de S/120,000.00 así tenemos: • Limite porcentual 120,000.00x30%=S/36,000.00

Como se puede apreciar la empresa cumple con ambos requisitos para contratación de trabajadores extranjeros. ¿Y que sucede si la empresa no respeta los límites máximos permitidos? No respetar con los límites máximos de contratación de trabajadores extranjeros es considerado una falta grave que podría conllevar a una multa. ¿Me es imposible respetar el limite de trabajadores que puedo hacer?En nuestro país se pude solicitar la exoneración de los límites máximos permitidos siempre que se trate de los siguientes casos: • Experiencia laboral• Profesional especializadoTambién se debe analizar cual es la nacionalidad del trabajador ya que existen países que tiene convenio con el Perú y se pueden contratar sin limitación como es el caso del país de Colombia. Fuente: Basado en el Blog del CPC Miguel Torres (Noticiero Contable.com)

 
 
 

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