Que sucede cuando un trabajador lamentablemente fallese ¿ A quienes se le debe pagar los beneficios sociales del referido trabajador?* La normativa laboral establece que dentro de las 48 horas de producido el cese del trabajador se le debe entregar la liquidación de beneficios sociales,esta liquidación comprende los siguientes conceptos: 1. Compensación por Tiempo de Servicios-CTS2. Gratificaciones pendientes de pago3. Vacaciones 4. Otros conceptos pendientes de pago ¿Cómo se realiza el pago de l CTS ante el fallecimiento del trabajador? En este caso el pago de l CTS de acuerdo con el articulo 53 del D.S 001-97-TR se deber realizar directamente al BANCO donde el trabajador tenia su cuenta CTS, posteriormente el Bancoa solicitud de la cónyuge o conviviente(debidamente acreditado) podrá recibir el 5% de la CTS acumulada en la cuenta del trabajador fallecido. El 50% restante quedara en la cuenta Bancaria hasta que se determine la declaratoria de herederos, si estos son menores de edad se tendrá que esperar que cumplancon la mayoría de edad para hacer efectivo el cobro de su CTS. ¿Y los demás beneficios distintos de la CTS? Las normas laborales no han previsto que sucede en estos casos, lo recomendable es que el empleador solicite a los herederos la sucesión intestada y a un representantede estos realizarle el abono de los beneficios sociales del trabajador fallecido, se debe hacer firmar la liquidación correspondiente para acreditar que se efectuó el pago. *Basado en el articulo : Pago de beneficios sociales por muerte del trabajador(Contadores y Empresas 389-Enero 2021).
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