La SUNAT viene promoviendo el uso de la facturación Electrónica en un gran porcentaje ya que actualmente casi la mayoría de empresas se encuentran obligadas a emitir sus comprobantes de forma electrónica(1). A la hora de elegir un proveedor de sistema o servicio de facturación electrónica se debe optar por un intermediario autorizado por la SUNAT para brindar dicho servicio, facilitando la emisión y validación de comprobantes Electrónicos, es así que una empresa obligada debe optar por elegir entre las siguientes opciones:
Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE)
Operador de Servicios Electrónicos (OSE)¿Cuál es la diferencia entre PSE u OSE? El Proveedor de Servicios Electrónicos (PSE) viene a ser aquella empresa autorizada para brindar el servicio de Facturación Electrónica para lo cual se ha homologado ante la SUNAT y ha obtenido una Resolución de Autorización para brindar el servicio. Mientras que los OSE (Operadores de servicios Electrónicos) son empresas autorizadas encargadas den realizar de forma independiente su propia validación de los comprobantes emitidos por los usuarios obligados a emitir Facturas Electrónicas. Actualmente la obligación de contar con un proveedor OSE es solo para los principales Contribuyentes, más conocidos como PRICOS. ¿Existe otra modalidad para emitir comprobantes Electrónicos distintas del PSE U OSE? Si, la SUNAT brinda más alternativas para emisión electrónica entre ellas tenemos al mismo portal SUNAT para emitir comprobantes SEE-SOL, el monedero electrónico, el sistema Facturador, y el SEE-Del Contribuyente.
(1): Extraído del siguiente blog: https://www.nubefact.com/diferencias-entre-un-proveedor-de-servicios-electronicos-pse-y-un-operador-de-servicios-electronicos-ose
Comments