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Foto del escritorRoger Hernandez Romero

¿Qué sucede con las deudas de un fallecido? Conoce aquí los detalles

¿Qué ocurre con las deudas de un familiar fallecido? Aquí te explicamos qué pasos seguir para saber si éste tenía obligaciones financieras.  ¿Qué ocurre con las deudas de un familiar fallecido? A través de Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS) puedes saber si debes asumir esta obligación financiera. La muerte de un miembro de nuestra familia suele ser duro más aún cuando se desconoce si poseía deudas fuertes que podrían perjudicarte. Conoce qué pasos seguir para saber esta información.  ¿Qué ocurre con las deudas de un familiar fallecido? Aquí te explicamos qué pasos seguir para saber si éste tenía obligaciones financieras.  Lo primero que se debe hacer tras la muerte de un familiar, es averiguar si el difunto dejó deudas pendientes al sistema bancarioal Estado. Para ello, debe tramitar la partida de defunción del fallecido y comunicarse con la SBS para saber si existe alguna cuenta con un banco. Para información sobre las deudas deberás solicitarla en las centrales de riesgo.

¿Las deudas de un familiar fallecido se heredan?Si la persona fallecida posee alguna obligación pendiente como un crédito hipotecario o vehicular a largo plazo, la deuda se hereda y son los familiares quienes deberán asumir el pago, según lo señala el Código Civil, en la parte de sucesiones, artículo 871 al 880. No obstante, es importante precisar que el banco solo podrá cobrar la sucesión a partir de la herencia que dejó el difunto y no de sus bienes personales. Excepto cuando los familiares hayan sido garantes del fallecido, pues en este caso el garante si deberá asumir la totalidad de la deuda. Sin embargo, para evitar este tipo de inconvenientes, debes conocer que la mayoría de bancos y cajas municipales previniendo esta contingencia cuenta con los seguros desgravamen, que exime a los herederos de pagar el saldo del crédito solicitado, según informa laSBS en su portal web. Cabe señalar que este seguro se activa siempre y cuando el difunto haya estado al día en sus pagos, pues en caso haya pagos atrasados, sí o sí deben ser cancelados.

¿Qué es y para qué sirve un seguro de desgravamen?El seguro de desgravamen tiene por objeto pagar el saldo de la deuda frente a una entidad del sistema financiero, en caso del fallecimiento del asegurado o de situación de invalidez. En caso de no existir este seguro, los herederos deben asumir la deuda. Exclusiones Un seguro de desgravamen tiene exclusiones como por ejemplo, suicidios, muerte a causa de una enfermedad preexistente a la fecha de contratación del seguro, a causa de un accidente en situación de embriaguez y/o bajo influencia de drogas o por participación en deportes riesgosos, indica la SBS. Consejos Si usted ha optado por contratar un seguro de desgravamen al solicitar un crédito en el sistema financiero es recomendable seguir estas recomendaciones que brinda la SBS. – Consulta el banco cuál es la compañía de seguros con la que está contratando el seguro de desgravamen. – Solicite su certificado de seguro, que contiene el número y vigencia de la póliza, los riesgos cubiertos y las exclusiones, las sumas aseguradas – Informe a sus herederos de estos datos – Pague sus cuotas al día

SBS: consultas gratuitasDesde febrero del 2018, la SBS puso en marcha un servicio de consultas gratuitas denominado “Herederos informados”, con el cual se puede conocer la información de las personas fallecidas en las empresas del sistema financiero, asegurados y las AFP.  

¿Cómo saber mi deuda financiera?A través de una aplicación de la SBS, puedes obtener tu reporte deudas, donde podrás la relación de las mismas en el sistema financiero. La opción ‘Reporte de deudas» del portal de la SBS te mostrará el listado de los créditos contratados por distintas empresas y la calificación de riesgos para posibles préstamos.

¿Cómo saber si un familiar fallecido dejó herencia? A través de la SBS podrá saber si su familiar fallecido tenía depósitos de ahorros, seguros de vida o fondos de AFP para cobrar.  REQUISITOS – Depósito: Declaración de Herederos o Testamento inscrito en Registros Públicos. – Seguros de vida y fondos de AFP: Acta de defunción. – Una vez presentada la solicitud, el demandante recibirá la información requerida en un plazo de 12 días respecto a depósitos, 11 días respecto a seguros de vida y 5 días respecto a fondos AFP y deudas del difunto. – El solicitante tiene un plazo máximo de 10 años de fallecido el difunto para hacer los trámites que permitan cobrar la herencia. Fuente: larepublica.pe

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