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¿Régimen Mype Tributario o Régimen Especial, cual me favorece mas?

Desde la entrada en vigencia del Mype Tributario en enero de este año, muchos empresarios se han hecho esta pregunta. A qué régimen tributario me acojo? Mype Tributario o RER? Cuál conviene? Formular esa pregunta es válido siempre que se cumpla los supuestos del RER, a saber, que se venda o se compre menos de S/. 525,000 al año, que el valor de los activos no superen los S/. 126,ooo y que se contrate menos de 10 personas como

trabajadores. De no cumplirse estos supuestos el contribuyente no le quedara otra alternativa que acogerse al Mype Tributario o Régimen General. Escoger entre el RER o el Mype Tributario va a depender del nivel de rentabilidad de la empresa. La tasa única que se paga en el Régimen Especial de renta es de 1.5% sobre la ventas. En cambio la tasa del Mype Tributario es del 10% sobre la utilidad, no sobre las ventas. Esta es una diferencia fundamental.

Mype Tributario o RER? Comparación de escenarios A continuación podemos apreciar un primer escenario:

Sobre unas ventas de 300 mil soles el resultado de aplicar la tasa RER de 1.5% da como resultado 4,500 soles, sin embargo si aplicamos el 10% del Régimen Mype Tributario sobre la utilidad (no sobre la ventas) el resultado sería 1,500 soles, es decir un impuesto por pagar menor. Esto se debe principalmente a que la rentabilidad no es muy alta, es sólo del 5% en este ejemplo, dando como resultado un utilidad de 15,000 soles. Veamos el siguiente escenario:

En el mismo sólo hemos cambiando el porcentaje de rentabilidad. Ya no es 5% sino 20% pero la situación ha cambiado. El resultado de aplicar la tasa del RER no ha variado, sigue siendo 4,500 soles. Sin embargo el resultado de aplicar la tasa de Mype Tributario si. En el mismo escenario de 300,000 soles de venta ya no es 1,500 soles sino 6,500, y esto se debe al nivel de rentabilidad que ha pasado de 5% a 20% dando como resultado 60,000 soles de utilidad. Escoger entre uno u otro régimen va a depender entonces, como ya lo habíamos indicado, del nivel de rentabilidad del sector en donde se mueva nuestro negocio. A menor rentabilidad conviene el Mype Tributario, a mayor conviene el Régimen Especial de Renta. Es importante señalar que el Mype Tributario tiene obligaciones formales que el Régimen Especial no tiene. En efecto, en el RER no hay que llevar Libro Diario y tampoco declarar Impuesto a la Renta Anual. El análisis se debe hacer sobre las ventas y gastos proyectados tomando en cuenta los costos administrativos de acogerse al Mype Tributario para luego tomar una buena decisión. Fuente:https://contatek.pe/mype-tributario-o-rer-cual-conviene/ (www.contatek.pe)

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