Reciente norma publicada en el Peruano exeptua de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta para el 2018, si eres trabajador independiente y emites honorarios no te pierdas la siguiente nota: IMPORTES APLICABLES PARA EL EJERCICIO 2018 Para el ejercicio gravable 2018, los importes a que se refieren los supuestos previstos en los literales a) y b) del numeral 2.1 del artículo 2° y los literales a) y b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3° de la Resolución de Superintendencia Nº 013-2007/SUNAT son los siguientes: a. Tratándose del supuesto contemplado en el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/ 3 026,00 (tres mil veintiséis y 00/100 soles) mensuales b) Tratándose del supuesto contemplado en el literal b) del numeral 2.1 del artículo 2°: S/ 2 421,00 (dos mil cuatrocientos veintiún y 00/100 soles) mensuales. c) Tratándose de los supuestos contemplados en el literal a) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/ 36 313,00 (treinta y seis mil trescientos trece y 00/100 soles) anuales. d) Tratándose de los supuestos contemplados en el literal b) de los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3°: S/ 29 050,00 (veintinueve mil cincuenta y 00/100 soles) anuales. Fuente: Normas Legales de El Peruano
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